miércoles, 18 de septiembre de 2019

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ESTABLECEN, CON CARÁCTER VINCULANTE, DETERMINADOS CRITERIOS DE ACTUACIÓN EN RELACIÓN CON LAS SITUACIONES DE IT AL PERSONAL DE JUSTICIA DE CANARIAS

Publicada en la pagina web de Justicia de Canarias la RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, POR LA QUE SE ESTABLECEN, CON CARÁCTER VINCULANTE, DETERMINADOS CRITERIOS DE ACTUACIÓN EN RELACIÓN CON LAS SITUACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.


Ausencias por enfermedad
1. Las ausencias durante la jornada de trabajo, totales o parciales del personal por causa de enfermedad causen o no una situación de incapacidad temporal, deberán acreditarse desde el primer día.
2. La acreditación deberá llevarse a cabo mediante la aportación, por parte del sujeto causante, del correspondiente parte oficial expedido por el personal facultativo que esté autorizado en los centros de asistencia sanitaria que correspondan según el régimen de protección social de la persona causante.
3. La falta de acreditación de la ausencia por enfermedad dará lugar a que se aplique el régimen jurídico relativo a las ausencias no justificadas

Las ausencias por enfermedad deberán tramitarse y justificarse a través del Sistema Integral de Control Horario (SICHO) por parte del personal efectivamente incorporado en dicho sistema.