lunes, 4 de febrero de 2019

JUSTIFICACIÓN INDISPOSICIÓN MÉDICA DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE CANARIAS


Desde INTERSINDICAL CANARIA nos hemos puesto en contacto con la DIRECCIÓN GENERAL para que nos informe como se justifican los días de indisposición médica, máximo tres días consecutivo, en el  SICHO, de acuerdo con la normativa vigente.
Desde la DIRECCIÓN GENERAL nos informan que la INDISPOSICIÓN MEDICA debe realizar en en permisos e incidencias , hay una pestaña que es ausencia justificada y aportando el documento justificativo del médico.
NORMATIVA VIGENTE:

De acuerdo con la reforma de la LOPJ, la licencias por enfermedad se regularan de la forma siguiente:
Se modifica el apartado 5 del artículo 504, que queda redactado de la siguiente forma:
«5. La enfermedad o accidente que impida el normal desempeño de las funciones, darán lugar a licencias por enfermedad.
Sin perjuicio de la obligación de comunicar, en la forma que reglamentariamente se determine, la imposibilidad de asistencia al trabajo por razón de enfermedad durante la jornada laboral del día en que ésta se produzca, los funcionarios deberán solicitar de la autoridad competente licencia por enfermedad en el cuarto día consecutivo a aquel en que se produjo la ausencia del puesto de trabajo.
De acuerdo con la de Ley de  presupuestos de Canarias para el año 2018, que establece en su disposición adicional vigésima lo siguiente:
3. Las ausencias del personal por enfermedad, causen o no una situación de incapacidad, deberán acreditarse desde el primer día, a través de los documentos oficiales expedidos por el personal facultativo que esté autorizado en los centros de asistencia sanitaria que correspondan según el régimen de protección social de la persona causante.
4. Quedan sin efecto los días de ausencia justificada por enfermedad sin declaración de incapacidad temporal que se hayan establecido por acuerdo, pacto, convenio, norma o resolución administrativa.