La
sección sindical de Justicia de INTERSINDICAL CANARIA presento
escrito solicitando que en en la próxima mesa sectorial de
Justicia de Canarias se regule la situación de incapacidad temporal
del personal de la Administración de Justicia en Canaria, en base
a lo siguientes hechos:
PRIMERO:
El
pasado día 29 de diciembre de 2018 se publico en el B.O.E. la
Ley
Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
incluido
su articulo
504.5 en el que se recoge la aplicación
al personal funcionario de cualquier incremento retributivo, incluido
el abono del perfeccionamiento de los trienios, que le pudiera
corresponderles si no se encontrase en situación de incapacidad
temporal.
SEGUNDO:
Posteriormente
el
día 31 de diciembre de
2018
se
publico en el B.O.C. la
Ley
7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Canarias para 2019,
que
incluye una disposición adicional vigésima punto 2 donde dice; Que
se tendrá
derecho, desde el primer día y por todo el tiempo en que se
encuentre en situación de incapacidad temporal, a un complemento
retributivo que, sumado a la prestación económica del régimen de
protección social que perciba, alcance el cien por cien de las
retribuciones ordinarias, fijas y periódicas, que hubiera de
percibir en el mes en que se haya iniciado la situación de
incapacidad.
TERCERO:
Por todo lo expuesto, ante la evidente contradicción existente entre
ambas normas INTERSINDICAL CANARIA solicita que esta
materia sea tratada como punto de orden del día en la próxima mesa
sectorial de justicia a fin de que se pueda dictar una resolución
que adapte la situación del funcionariado de justicia adscrito
orgánicamente a la Comunidad Autónoma de Canarias con lo reflejado
en la L.O.P.J.