En el día de hoy se ha celebrado reunión en el Ministerio de Justicia cuyo orden del día era la modificación de la ORDEN JUS/615/2012, de 1 de marzo, por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo efectivo en cómputo anual para el personal al servicio de la Administración de Justicia, todo ello para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 500 de la LOPJ y adaptar nuestra regulación sectorial a la Resolución de 14 de abril de 2026 de la Secretaría de Estado de Función Pública.
Como saben, la Resolución de 14 de abril de 2026 de la Secretaría de Estado de Función Pública, ha establecido una jornada general semanal de 35 horas de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a 1533 horas anuales, para la Administración General del Estado (AGE).
Sobre dicha Resolución de AGE, el Ministerio de Justicia s había trasladado a las organizaciones sindicales con representación en la mesa sectorial del Ministerio de Justicia, la semana pasada un proyecto de modificación de la ORDEN JUS/615/2012 que establecía que, aplicando dicha jornada general semanal de 35 horas de trabajo efectivo, para justicia correspondía una jornada general de trabajo efectivo en cómputo anual de 1547 horas, 14 horas más que AGE.
El cálculo realizado por el Ministerio de Justicia en su proyecto/borrador era erróneo, pues ha tomado de referencia una jornada general anual de 1657 horas, número de horas que se estableció tras las medidas derivadas del Decretazo impuesto por M. Rajoy -para la Administración de Justicia en el año 2014-, sin que dicho cómputo se redujera proporcionalmente después de haberse derogado dichas medidas excepcionales (especialmente, en este caso, nos referimos a la reducción temporal de asuntos particulares que tuvimos durante varios años). De esta forma, y aplicadas las correcciones oportunas, la jornada general de trabajo efectivo en cómputo anual para la Administración de Justicia debía quedar en 1512 horas, 21 horas menos que en AGE dado que tenemos tres días más de asuntos particulares, horas que, no siendo de trabajo efectivo, deben descontarse del cómputo general.
Finalmente, el Ministerio de Justicia ha reconocido su error de cálculo y ha dicho que la ORDEN establecerá una jornada general anual de trabajo efectivo de 1.512 horas para la Administración de Justicia.
La ORDEN tendrá que publicarse en el BOE.
Una vez que se publique en el BOE, deberá negociarse en cada ámbito territorial para su aplicación.
Seguiremos informando.