jueves, 20 de octubre de 2022

INSTRUCCIONES RELATIVAS AL ESTABLECIMIENTO DE UN RÉGIMEN TRANSITORIO PARA LAS SOLICITUDES DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS

 


Publicamos información publicada en la  intranet de justicia de Canarias.


RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES RELATIVAS AL ESTABLECIMIENTO DE UN RÉGIMEN TRANSITORIO PARA LAS SOLICITUDES DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.

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1. SOLICITUDES DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS.

 Las solicitudes de vacaciones, permisos y licencias, para su tramitación por la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, deberá ser realizada por todo el personal, de forma excepcional y hasta la resolución del expediente de contratación del servicio para el mantenimiento del Sistema de Control Horario, a través de la dirección de correo electrónico rrll.justicia@gobiernodecanarias.org, previa cumplimentación del modelo de plantilla de solicitud devacaciones, permisos y licencias (ANEXO II). 

En el supuesto de que alguna situación o circunstancia no se encuentre prevista en el citado anexo, se hará uso del apartado «observaciones» del mismo para detallar los términos de la solicitud. 

2. REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA.

 La documentación justificativa de los permisos e incidencias deberá ser remitida por todo el personal a través de la dirección de correo electrónico rrll.justicia@gobiernodecanarias.org

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

 Las presentes instrucciones serán de aplicación a todo el personal al servicio de la Administración de Justicia en Canarias, afectando única y exclusivamente a las solicitudes de vacaciones, permisos y licencias, manteniéndose en su vigencia de aquí en adelante las instrucciones dictadas por esta Dirección General en relación al sistema transitorio de fichajes.

4. EFICACIA TEMPORAL DE LA MEDIDA.

Las presentes instrucciones producirán efectos a partir del día de su publicación. Cualquier instrucción previa de esta Dirección General en la que se establezca cualquier otra opción referente a la solicitud de vacaciones, permisos y licencias, se entenderá suspendida temporalmente, y sustituida por la presente. 

Estas instrucciones estarán vigentes en tanto no se disponga lo contrario por este centro directivo, de conformidad con lo indicado por la Dirección General de la Función Pública, lo que será informado de forma inmediata. 

Desde el Centro Directivo nos informan que  todas las solicitudes de vacaciones, permisos y licencias deben solicitarse por medio del ANEXO II independientemente de si SICHO lo permite o no. El procedimiento relativo a las bajas médicas sigue exactamente como hasta la fecha, el ANEXO II (que te adjunto) no hace ninguna referencia a las bajas médicas.