En
el BOE de hoy, 8 de febrero de 2018, se ha publicado la Resolución
de 8 de enero de 2018, de la Dirección General de Relaciones con la
Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia,
Justicia e Igualdad, por la que se resuelve el concurso de traslado
entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio
Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución
de 19 de junio de 2017.
OTROS ÁMBITOS TERRIRORIALES:
MINISTERIO DE JUSTICIA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
COMUNITAT VALENCIANA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
COMUNIDAD DE MADRID
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CESES
Para
los funcionarios que se encuentren en activo, en servicios especiales
o en excedencia voluntaria por el cuidado de familiares y no
reingresen en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el
presente concurso, no incluyéndose en ese punto a los funcionarios
que se encuentren reingresados provisionales, el cese deberá
efectuarse en las fechas que a continuación se indican: Tramitación
Procesal y Administrativa, el 12 de febrero
de 2018, lunes; Gestión Procesal y
Administrativa y Auxilio Judicial, el 16 febrero de
2016, viernes.
TOMAS
DE POSESIÓN
La
toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, para los
funcionarios que se encuentren en activo, en servicios especiales o
en excedencia voluntaria por el cuidado de familiares y no reingresen
en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el presente
concurso, no incluyéndose en ese punto a los funcionarios que se
encuentren reingresados provisionales, se producirá en los tres
días hábiles
siguientes
al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario,
o en los ocho
días hábiles
siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad
Autónoma,
y veinte
días hábiles
si implica cambio de Comunidad Autónoma,
con excepción de la Comunidad
Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad
de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será
en el mes siguiente, tanto si el puesto de trabajo en las islas o
en las ciudades es el de origen como si es el de destino .
El
plazo posesorio será retribuido por la Administración competente
respecto a la plaza obtenida en concurso.
Para
los funcionarios que estén desempeñando un puesto en comisión
de servicios, a efectos de plazos posesorios, se entenderá por
«localidad del funcionario» aquella en la que estén prestando
servicios efectivamente. Si continúa en el mismo centro de destino,
el día del ceses y el de la toma de posesión serán sucesivos.
Si
la Resolución Orden comporta reingreso al servicio activo a la
Administración de Justicia en los Cuerpos o Escalas de Gestión
Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa o
Auxilio Judicial, procedentes desde las situaciones administrativas
de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector
público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia
voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones,
incluyéndose en este punto a los funcionarios que se encuentren
adscritos provisionales, el plazo posesorio será de veinte días
naturales y deberá de computarse desde el día de la publicación de
esta Orden en el Boletín Oficial del Estado. Este plazo posesorio no
será retribuido.
Los
funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido
adjudicadas, cesarán como consecuencia de la posesión del titular.
Los
funcionarios interinos que se se vean afectado por un cambio de
nombramiento dentro del mismo órgano judicial y quieren seguir
prestando sus servicios en el mismo órgano judicial deberán
presentar escrito solicitando la opción de cambio de nombramiento
según lo establecido en el art.10.4 de la Ordende mayo de 2.009,
reguladora de la Bolsa de Interinos "Modificación de
nombramiento. En el caso de tener que disponerse el cese de un
funcionario interino por haber finalizado las causas que motivaron su
nombramiento, podrá acordarse el cambio del mismo, por necesidades
del servicio, previa conformidad del interesado, a otra plaza en el
mismo órgano y del mismo Cuerpo. La Dirección General podrá
solicitar informe al responsable funcional."
Todos
los compañer@s que hayan obtenido plaza en el Concurso de Traslados
en otro ámbito territorial deberán de solicitar a la Dirección
General de Justicia en Canarias Certificación
de los días de vacaciones y/o asuntos particulares pendientes de
disfrutar.
Les
recordamos la necesidad de comunicaciónde las variaciones de datos como consecuencia del concurso detraslado a la MUGEJU:
Según
el real decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el
reglamento del mutualismo judicial, “los mutualistas están
obligados a comunicar los datos así como las variaciones que se
produzcan por afectar a su relación con el mutualismo judicial,
dentro del mes siguiente a la fecha en que se produzcan”.
Con
lo que deberán hacer llegar a la Delegación de la Mutualidad de la
provincia de destino el impreso A-1 (Se puede descarga en la web de
la Mugeju: “http://www.mugeju.es/es/”) junto con una copia del
nombramiento o certificado.
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