jueves, 7 de julio de 2022

El Gobierno aprueba el calendario laboral de Canarias en 2023 y abre el plazo para fijar las fiestas locales


El proyecto de decreto, propuesto por la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, no incluye el 1 de enero al coincidir Año Nuevo con un domingo.

Se considera como días inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y las jornadas festivas del:

  •  6 de enero por la Epifanía del Señor
  • 6 de abril, Jueves Santo
  •  7 de abril, Viernes Santo; 
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; 
  • 30 de mayo, Día de Canarias; 
  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen; 
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 
  • 1 de noviembre, Todos los Santos;
  •  6 de diciembre, Día de la Constitución Española; 
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción 
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Además, fija también las fiestas laborales por islas: 

  • 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria, en Tenerife
  • 5 de agosto, Nuestra Señora de Las Nieves, en La Palma
  • 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino, en Gran Canaria
  • 15 de septiembre, Nuestra Señora de Los Volcanes, en Lanzarote y La Graciosa, además de Nuestra Señora de la Peña, en Fuerteventura
  • 25 de septiembre, Nuestra Señora de los Reyes, en El Hierro
  • 9 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe, en La Gomera.

Por último, el texto normativo concede a los ayuntamientos canarios un mes de plazo, a partir de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), para formular a la Dirección General de Trabajo sus propuestas plenarias, con el objetivo de fijar hasta dos días también inhábiles, retribuidos y recuperables, con carácter de fiestas locales que por tradición correspondan a cada municipio.

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Publicado en https://www3.gobiernodecanarias.org/noticias/