CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
- Acuerdo de 18 de diciembre de 2019, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, de manera exclusiva y excluyente o no excluyente, según los casos, el conocimiento de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.
En virtud del artículo 98.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, las presentes medidas producirán efectos desde el 1 de enero de 2020, hasta la fecha indicada en cada uno de los juzgados que se relacionan 30 de junio de 2020 o 31 de diciembre de 2020, debiendo ser objeto de evaluación en el plazo de tres meses desde su entrada en vigor.
3. Los juzgados competentes continuarán conociendo de todos los procesos pendientes ante los mismos hasta su conclusión.
JUZGADOS CON COMPETENCIAS DE CLAUSULAS SUELO EN CANARIAS
Provincia de Las Palmas
Gran Canaria
– Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Las Palmas de Gran Canaria, de manera exclusiva y excluyente, para la anualidad 2020.
Lanzarote
– Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Arrecife, de manera exclusiva y no excluyente, en la manera que determine la Sala de Gobierno, para el período de 1 de enero a 30 de junio de 2020.
Fuerteventura
– Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Puerto del Rosario, de manera exclusiva y no excluyente, en la manera que determine la Sala de Gobierno, para el período de 1 de enero a 30 de junio de 2020.
Provincia Santa Cruz de Tenerife
– Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de San Cristóbal de la Laguna, de manera exclusiva y excluyente, para la anualidad 2020.