El Tribunal Supremo cierra el debate: los interinos no tienen derecho a recibir indemnización cuando se acaba su relación laboral, al contrario que otros temporales (eventuales y de obra o servicio) o indefinidos. Termina así la polémica que se inició en 2016 cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló que la norma española discriminaba a estos trabajadores y que sí debían recibir compensación. Dos años después, los jueces europeos se enmendaron a sí mismos. Leer más
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