El
pasado 04/12/18 se celebró reunión de Mesa de Negociación de la
Administración de Jusseticia con las siguentes organizaciones
sindicales: “ CSIF,CCOO,
UGT, STAJ, CIG y ELA.
Según la información que dispone esta representación sindical, en
dicha reunión, después de casi cinco meses desde la última
reunión, el Ministerio pretendía, en unas horas, convencer, en
algunos momentos con evidentes signos de enfado, a las centrales
sindicales, reticentes en varios aspectos, a la firma de dicho
acuerdo por CSIF,CCOO,UGT y STAJ,
objetivo que consiguieron después de más de seis horas de reunión.
Nos
parece un despropósito que después de habernos dicho desde
principios de julio que se iba a iniciar un Grupo de Trabajo sobre la
aplicación a justicia de los acuerdos de mejora del empleo público
firmado por CC.OO, UGT Y CSIF, finalmente se resuelvan las cuestiones
más importantes del mismo en una única reunión, sin apenas margen
de negociación alguna y sin posibilidad de estudio y preparación de
las cuestiones a discutir, dejando en evidencia la escasa voluntad
negociadora de los actuales responsables del Ministerio de Justicia.
Respecto del contenido del documento podemos destacar
fundamentalmente las siguientes cuestiones:
· Se
pretende alcanzar una temporalidad del 8% como valor de referencia, o
6% como objetivo ideal, a cuyo efecto se convocan procesos selectivos
que incluyen el 100% de la tasa de reposición y las plazas vacantes
que desde hace al menos tres años se encuentren ocupadas de forma
temporal.
· PROMOCIÓN
INTERNA.- Se
recoge una convocatoria adicional y extraordinaria de promoción
interna para el año 2019 pero limitada únicamente al 60% de las
plazas del turno libre y sólo respecto a dicho ejercicio del 2019.
La fase de oposición de Gestión y Tramitación se reduciría a un
único ejercicio tipo test. La fase de concurso sería muy similar,
en su contenido y valoración, a las convocatorias anteriores.
· TURNO
LIBRE.- Los
criterios de desarrollo de los procesos selectivos, que se realizarán
mediante el sistema del concurso-oposición, serán:
o La nota
de corte del
primer ejercicio test se calculará de forma que permita la
superación del mismo a diez aspirantes por cada plaza convocada, y
siempre que superen el 60% de la nota máxima posible del ejercicio.
o La
puntuación máxima de la fase
de oposición no
podrá superar el 60% del
total del proceso selectivo, y la de la fase
de concurso el 40%.
o En
la fase
de concurso se
valorarán: la experiencia en el cuerpo convocado; la experiencia en
otros cuerpos de justicia; las notas de los ejercicios de las dos
anteriores convocatorias; la titulación de diplomatura, licenciatura
o grado; y los cursos de formación.
o A
quienes superen la fase de oposición pero no obtengan plaza en la
fase de concurso se les reservará
la notade
dicha fase para la siguiente convocatoria, si bien podrán
presentarse voluntariamente para mejorar la nota anterior. Criterio
que se aplicará igualmente a la promoción interna.
Para
INTERSINDICAL CANARIA este
documento contiene claras insuficiencias y nos suscita dudas no
resueltas todavía y que podrían afectar y condicionar
sustancialmente la validez, virtualidad y alcance de lo acordado,
así:
· Primeramente, las
OEPs y
sus convocatorias no pueden limitarse a la simple cobertura de tasas
de reposición sino que tienen
que ampliarse a la creación
de todas las plazas que sean necesarias,
sin limitación previa alguna, para ofrecer un servicio público de
calidad, por lo que debería de haberse ampliado notablemente el
número total de plazas ofertadas para la Administración de
Justicia.
· Después
del gravísimo castigo y ataque a la promoción
interna de
los últimos años y pese a contemplarse una convocatoria excepcional
de promoción interna para el año 2019, no se llega, ni de lejos, al
50% de la totalidad de plazas que se van a convocar durante este
trienio (OEP 2017-18-19).
· Pese
a la petición sindical unánime en sentido contrario, siguen
manteniendo los exámenes
orales,
y por tanto discrecionales, pues impiden el anonimato del candidato,
para los cuerpos de Letrados y Forenses, algo
que nos parece especialmente grave para la promoción
interna del
Cuerpo de Letrados/as. Además,
respecto a éstos mantienen un criterio del cálculo de la promoción
interna absolutamente restrictivo y contrario al establecido en el
artículo 442.2 de la LOPJ.
· Por
otro lado, respecto al concurso-oposición para
el turno libre no
se recogen mejoras en el proceso de estabilización de empleo
temporal, todo ello a la luz de las sentencias del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea derivadas de la Directiva 1999/70/CE y
ante la situación de fraude estructural en la contratación temporal
en las administraciones públicas. Además, respeto a esta punto, el
acuerdo mantiene dudas no resueltas que, como hemos referido, podrían
afectar a la validez, virtualidad y efectividad de lo acordado, así:
o Desconocemos
todavía cuales van a ser todos los ejercicios del turno libre de
cada uno de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial.
o Tampoco
sabemos cómo o con qué criterios de penalización van a corregirse
dichos ejercicios, ni tampoco conocemos cual va a ser la puntuación
máxima de cada uno de ellos.
o Igualmente,
tampoco se establece cómo se va a distribuir la puntuación total de
la fase de concurso entre los diferentes méritos referidos
anteriormente.
FECHAS.-
La intención del Ministerio sería, veremos si luego se cumple, la
siguiente: publicar la convocatoria de los
LAJ en la segunda quincena de enero,
de forma que el primer ejercicio sería en la segunda quincena de
mayo; publicar las
convocatorias de promoción interna de Gestión y Tramitación en la
primera quincena de enero,
de forma que el examen se realizara
en la primera quincena de mayo.
Finalmente, el turno
libre de Gestión, Tramitación y Auxilio, se publicaría en la
segunda quincena de febrero.