INTERSINDICAL CANARIA presentó nueva denuncia ante la Inspección de trabajo contra la
Dirección general por no respetar los descansos en la Guardias en los órganos
judiciales y fiscalías de Canarias.
La
denuncia ha sido presentada por no respetar el descanso mínimo semanal
del personal que realiza guardias, en cumplimiento de la Directiva Europea, por
no computarse la jornada efectiva de trabajo durante la prestación de servicio
de guardia, por no regular los descansos por el servicio de guardia trabajar en
días festivos y los días 24 y 31 de diciembre, ni respetarse los descansos
mínimos diarios entre jornada y jornada durante la prestación del servicio de
guardia.
A
pesar de que los responsables de la Dirección General de Relaciones con la
Administración de Justicia en la mesa Sectorial del pasado 1 de julio 2014 nos
comunicaron que iban a convocar una mesa sectorial para negociar las
condiciones de trabajo de los funcionarios que realizan el servicio de guardia,
hasta la fecha estamos a la espera de la dicha convocatoria, pese a que la
Administración viene incumpliendo los establecido en la resolución de 2-7-14 de
la Secretaria de Estado de Justicia (BOE 10-7-14) por la que se garantiza un
descanso mínimo semanal de 35 horas ininterrumpidas se iba a aplicar en breve a
los compañeros/as que realizan guardias los fines de semana (y que por tanto
carecen de descanso alguno durante medio mes), tampoco se está computando la
jornada efectiva de trabajo, ni los descanso mínimos diarios entre
jornada y jornada, ni las compensaciones por trabajar en festivos, la Dirección
General de Relaciones con la Administración de justicia Consejería de Justicia
ha decidido de forma unilateral y sin tan siquiera tratar este asunto
en la Mesa de Negociación, NO APLICAR la normativa del Ministerio
de Justicia, que debió entrar en vigor al día siguiente de su publicación,
incluso incumpliendo lo establecido la Ley Orgánica del Poder Judicial que
obliga a la regulación por parte de la Comunidad Autónoma de Canarias a tenor
de lo establecido en el Artículo 501.2 que establece lo siguiente dispone que:
“2.
El Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas en sus respectivos
territorios garantizarán la asistencia necesaria a los órganos o servicios
judiciales en funciones de guardia. A tal efecto previa negociación con las
organizaciones sindicales determinarán el número de funcionarios que han de
prestar dicho servicio, la permanencia en el órgano judicial o servicio
o la situación de disponibilidad de los mismos y organizarán y distribuirán el
horario a realizar.”
Que
desde INTERSINDICAL CANARIA venimos solicitando y reiterando
desde el año 2012 a la Dirección General de Relaciones con la Administración de
Justicia la regulación y negociación de las condiciones de trabajo de los
funcionarios que realizan en servicio de guardia en los órganos judiciales de
Canarias.
La propia Comunicada Autónoma reconoce ante la Comisión Europea la existencia del problema por lo que se refiere
al tiempo de las guardias.