La
Sección Sindical de Justicia de INTERSINDICAL CANARIA presentó denuncia ante la Inspección de trabajo contra la
Dirección general por no respetar los descansos en la Guardias en
los órganos judiciales y fiscalías de Canarias.
La
denuncia ha sido presentada por
no respetar el descanso mínimo semanal del personal que realiza
guardias, en cumplimiento de la Directiva Europea, por no computarse
la jornada efectiva de trabajo durante la prestación de servicio de
guardia, por no regular los descansos por el servicio de guardia
trabajar en días festivos y los días 24 y 31 de diciembre, ni
respetarse los descansos mínimos diarios entre jornada y jornada
durante la prestación del servicio de guardia.
A
pesar de que los responsables de la Dirección General de
Relaciones con la Administración de Justicia en la mesa Sectorial
del pasado 1 de julio 2014 nos comunicaron que iban a convocar una
mesa sectorial para negociar las condiciones de trabajo de los
funcionarios que realizan el servicio de guardia, hasta la fecha
estamos a
la espera de la dicha convocatoria, pese a
que la Administración viene incumpliendo los establecido en la
resolución de 2-7-14 de la Secretaria de Estado de Justicia (BOE
10-7-14) por la que se garantiza un descanso mínimo semanal de 35
horas ininterrumpidas se iba a aplicar en breve a los compañeros/as
que realizan guardias los fines de semana (y que por tanto carecen de
descanso alguno durante medio mes),
tampoco se está
computando la jornada efectiva
de trabajo, ni los descanso mínimos diarios entre jornada y jornada,
ni las compensaciones por trabajar en festivos, la Dirección General
de Relaciones con la Administración de justicia Consejería de
Justicia ha decidido de forma unilateral
y sin tan siquiera tratar este asunto en la Mesa de Negociación, NO
APLICAR la normativa del
Ministerio de Justicia, que debió entrar en vigor al día siguiente
de su publicación, incluso incumpliendo lo establecido la Ley
Orgánica del Poder Judicial que obliga a la regulación por parte de
la Comunidad Autónoma de Canarias a tenor de lo establecido en el
Artículo 501.2 que establece lo siguiente dispone que:
“2.
El Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas en sus
respectivos territorios garantizarán la asistencia necesaria a los
órganos o servicios judiciales en funciones de guardia. A tal efecto
previa negociación con las organizaciones sindicales determinarán
el número de funcionarios que han de prestar dicho servicio, la
permanencia en el órgano judicial o servicio o la situación de
disponibilidad de los mismos y organizarán y distribuirán el
horario a realizar.”
Que
desde INTERSINDICAL CANARIA
venimos solicitando y reiterando desde el año 2012 a la Dirección
General de Relaciones con la Administración de Justicia la
regulación y negociación de las condiciones de trabajo de los
funcionarios que realizan en servicio de guardia en los órganos
judiciales de Canarias, incluso hemos presentado denuncia ante la
unión europea, sin
que el Gobierno de Canarias se haya dignado a contestar hasta
la fecha.
Por
lo tanto la Administración está
vulnerando el derecho a
descanso de los funcionarios y funcionarias de Justicia que vienen
realizando el servicio de Guardia, que viene tajantemente
establecido por la Unión Europea en su DIRECTIVA 2003/88CE, en
consonancia con las políticas de SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO que
son un pilar fundamental del ordenamiento jurídico común, Directiva
esta que obligó al Ministerio de Justicia a publicar la mencionada
Resolución de 2-7-2014.