jueves, 20 de agosto de 2026

Nota aclaratoria sobre la toma de posesión en los procesos selectivos desde la situación de incapacidad temporal.

Ante las dudas planteadas por las personas que van a tomar posesión en los distintos procesos selectivos, sobre si es posible tomar posesión estando en la situación de incapacidad temporal se debe hacer la siguiente aclaración:

- Los funcionarios de carrera en activo que han aprobado los procesos de promoción interna o turno libre pueden tomar posesión en el puesto adjudicado aun encontrándose en situación de incapacidad temporal.

- Para que los funcionarios interinos que ha aprobado los procesos de estabilización (turno libre) y que se encuentran en situación de incapacidad temporal puedan tomar posesión en el destino adjudicado será necesaria un alta en la seguridad social. En caso de no tener dicha alta, puede solicitar que se estime una situación de fuerza mayor, previéndose entonces que el cómputo del plazo posesorio se inicie cuando finalice la situación de incapacidad temporal.

Nota aclaratoria sobre la toma de posesión en los procesos selectivos desde la situación de incapacidad temporal.