Recordamos que según el Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Mugeju,, en su artículo 19.4 establece que estamos obligados a comunicar a la Mutualidad la variación de datos que se produzca en relación con la mutualidad, dentro del mes siguiente en que se produzca.
Comunicación de datos que se realizar por la sede electrónica de la MUGEJU: