Lo primero poner que los criterios de acoplamiento no son solo para esta fase son para todo el proceso.
Entrando en materia INTERSINDICAL CANARIA rechaza los criterios porque si rechazamos el diseño de las oficinas judiciales y la RPT como vamos a negociar un acoplamiento a esas mismas oficinas y a una RPT que con carácter generalista no hace una distinción individualizada por plazas.
Luego dos cuestiones técnicas:
1) La salvaguarda del personal interino, igual que se hace con las ofertas de comisiones de servicio y sustituciones no cese mientras se resuelve el procedimiento y tampoco si no se ocupa la plaza tras el proceso, así mismo que se haga una analogía con las comisiones de servicio y sustituciones; De revocarse automáticamente las comisiones de servicio y las sustituciones tal y como refleja el borrador trasladado ( un copia y pega de la resolución de Ministerio de Justicia) no solo se verían afectados esos compañeros, si no que en una reacción en cadena cesaría también el personal que ocupa sus puestos de origen.
2) Oponernos a una directriz que circula para que los LAJ informen negativamente a las vacaciones los 15 días anteriores y los 15 días posteriores a la entrada en funcionamiento de los tribunales de instancia, directriz que entendemos no solo que es abusiva sino que podría ser incluso ilegal.
Ahora viene lo absurdo STAJ, UGT y CSIF, se quedaron reunidos para mandar un documento alternativo aunque la DGRAJ les dijo que no va a haber más negociaciones, que les mandaran el documento que ellos cogerían lo que vieran bien.