viernes, 16 de marzo de 2018

JORNADA REDUCIDA SEMANA SANTA 2018



b) Otros periodos de jornada reducida.
Los funcionarios podrán realizar una jornada reducida de 9,00 a 14,00 horas, durante un máximo de 5 días anuales en alguno de los siguientes períodos, o repartidos entre ambos:

1.- En el periodo del 9 de febrero al 19 de febrero de 2018.
2.- En el periodo del 23 de marzo al 2 de abril de 2018.

Los funcionarios que se encuentren prestando el servicio de guardia en la semana de carnavales y/o semana santa, podrán hacer uso de la reducción horaria prevista en este apartado en la semana anterior o posterior al desarrollo de la guardia.

En cualquier caso, habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135 de la LEC, respecto a la presentación de escritos sometidos a término.