Que
puestos en contacto con representantes del Gobierno de Canarias, nos
manifiestan que posiblemente durante la próxima semana se publicará
en el BOC, la modificación
de la Orden de 19 de Julio de 2.013
, por la que se determinan los supuestos excepcionales que dan
derecho a que se complementen las Prestaciones Económicas de
Incapacidad Temporal hasta la totalidad de las retribuciones.
Por tanto no
producirán descuento
alguno, en nuestras
nóminas, las siguientes enfermedades:
-
CIE 9NOMBRE PATOLOGÍA
487GRIPE. Incluidos todos los Sub-Códigos
488.0GRIPE debida a virus de la gripe aviar identificado
488.1GRIPE debida a virus de la gripe H1N1 confirmada724. 2LUMBAGO346.7MIGRAÑA CRONICA SIN AURA
386SÍNDROME DE VÉRTIGO y otras alteraciones del aparato vestibular