El plazo de subsanación es de diez días hábiles y empezará a contar a partir de la fecha de la publicación. La presentación de subsanación de instancias se realizará mediante formulario a través de la herramienta informática de presentación de Ayudas de Acción Social, mediante el usuario y contraseña habitual.
Tengan en cuenta que el listado de instancias y solicitudes admitidas contiene la relación de solicitudes admitidas con carácter general, y además aquellas solicitudes admitidas con carácter parcial, que tienen uno o varios defectos a subsanar. Por tanto, tendrán que acceder a la consulta individualizada del estado de tramitación de su solicitud a través del Portal de Personal y verificar los defectos que contenga su solicitud.
El apartado 20 de las bases, establece lo siguiente:
20ª. Subsanación. A partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional, o en su caso de la notificación, las personas solicitantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar los defectos de los que adolecen sus solicitudes y/o en su caso presentar las correspondientes reclamaciones. A quienes no subsanen su solicitud, o bien no presenten la correspondiente reclamación, se considerará como desistimiento de su solicitud, lo que se reflejará en la lista definitiva.