jueves, 13 de enero de 2022

Reunión en el Ministerio de Justicia: primera valoración del Ministerio sobre la aplicación en Justicia de la ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público

 


Ayer se celebró con el Ministerio de Justicia y la organizaciones sindicales con representación estatal “ CC.OO, CSIF, STA, UGT, ELA Y CIGA ”, en la que,esencialmente, se trató sobre la aplicación a nuestro sector de la nueva Ley 20/21 de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

El Ministerio de Justicia manifestó que, en principio y de forma muy genérica:

  • La Ley para la reducción de la temporalidad altera y modifica las previsiones iniciales de sacar la OEP 2019 en los mismos términos que la anterior convocatoria de las OEPs de los años 2017/18.
  •   La aplicación de la nueva Ley conllevará determinar y concretar las plazas que, de dicha OEP 2019 así como de la OEP que pueda darse en el presente año 2022, deben ofertarse mediante un PROCESO “EXCEPCIONAL” DE ESTABILIZACIÓN mediante concurso de méritos. Estas plazas serán que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad al 01/01/16 así como las plazas vacantes posteriores a dicha fecha ocupadas por personal temporal con una relación de interinidad en la Administración de Justicia anterior al 01/01/16.
  • Deberán determinarse las plazas que se incluyan en un PROCESO “ORDINARIO” DE ESTABILIZACIÓN que, afectará a las plazas que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida al menos en los tres años anteriores al 31/12/20. Estas plazas saldrían mediante un proceso selectivo de  concurso-oposición que, en principio, sería bastante similar al de la convocatoria 2017/18. A estas plazas, también en principio, se unirían las plazas de reposición de las OEPs de los años 2019 y 2022. También se informa que van a intentar mantener la reserva de nota de la convocatoria de las OEPs 2017/18.
  •  Finalmente, las OEPs correspondientes a de los años 2021 y 2022, que el Ministerio no considera afectadas por las previsiones de la Ley 20/21, se convocarían mediante un PROCESO SELECTIVO ORDINARIO, diferente a los anteriores, y que sería el modelo que se aplicaría también para futuros procesos selectivos. En principio dicen que también mediante concurso-oposición, aunque con una fase de concurso más simplificada.
  •  En cuanto a la PROMOCIÓN INTERNA, el Ministerio afirma que no resultaría afectada por dichos procesos. Respecto a la  se  solicito su necesario reforzamiento, la vuelta a una reserva efectiva del 50% de las plazas ofertadas, así como la convocatoria de un proceso selectivo excepcional.
  •  El Ministerio de Justicia ya está tratando el tema con las distintas Comunidades Autónomas con traslados en la materia ya que cada una está afectada en mayor o menor medida.

 Por ahora no hay decisiones definitivas tomadas y, fundamentalmente, se trata de unas ideas muy generales cuyo contenido, estando a la espera del traslado de documentación para poder negociarse en la Mesa Sectorial del Ministerio de Justicia