De acuerdo con la información publicada en la web de la plataforma de contratación del sector público por el procedimiento de “concurso público de
arrendamiento de inmueble en Santa Cruz de Tenerife, para ubicar la sede de los
Juzgados de lo Mercantil nº.1 y nº.2 del Partido Judicial de Santa Cruz de Tenerife, por
procedimiento abierto y tramitación urgente”, procede declarar desiertala licitación y dar por finalizado el procedimiento de referencia; de conformidad con dispuesto
en el artículo 150.3 de la LCSP, en interpretación a sensu contrario del mismo, así como en el
artículo 72 del Decreto 133/1988, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento
para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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