Recordamos que según el Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Mugeju,, en su artículo 19.4 establece que estamos obligados a comunicar a la Mutualidad la variación de datos que se produzca en relación con la mutualidad, dentro del mes siguiente en que se produzca.
Con lo que deberán hacer llegar a la Delegación de la Mutualidad de la provincia de destino el impreso A-1 junto con una copia del nombramiento o certificado.