De
acuerdo con lo establecido en RESOLUCIÓN DEL MINISTRO DEJUSTICIA DE 13 DE ABRIL DE 2020 POR LA QUE SE ADAPTA LA PRESTACIÓNDEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA AL REAL DECRETO 487/2020, DE 10 DEABRIL:
"Aquellos
profesionales de las administraciones prestacionales de justicia que
tengan concedidos permisos por deber inexcusable, o hayan solicitado
la exención por padecer patologías susceptibles de agravarse con el
contagio de COVID-19, no podrán ser llamados a participar en los
turnos presenciales o de disponibilidad."