El Ministerio de Justicia ha remitido la Instrucción 1/2020 del Secretario General de la Administración de Justicia, relativa a la Gestión de la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales durante la vigencia del Estado de Alarma, declarado por R.D. 463/2020 de 14 de marzo.
La importancia de que los destinatarios de estas cantidades puedan recibirlas con regularidad, en particular en los citados casos de pensiones de alimentos o indemnizaciones a víctimas de delitos, pago de salarios a trabajadores o de cantidades a personas en situación de desempleo o con rentas bajas, entre otros, hace imprescindible que no se queden retenidas en las cuentas de los órganos judiciales durante el periodo de alarma, y los Letrados de la Administración de Justicia, con independencia de que no se encuentren realizando presencialmente sus funciones, pueden acceder con normalidad a la aplicación de gestión de la cuenta.