BORRADOR
DE RESOLUCIÓN
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE JORNADA Y HORARIO,
Y SE APRUEBA EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2020 DEL PERSONAL AL
SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN CANARIAS.
Los
funcionarios podrán realizar una jornada reducida de 9,00 a 14,00
horas, durante un máximo de 5 días anuales en alguno de los
siguientes períodos, o repartidos entre ambos:
- En el periodo correspondiente a las festividad de carnaval, que comprenderá desde el viernes de la semana anterior y la semana que incluya el martes de carnaval o bien en la semana en la que se celebren los actos de Carnaval en el municipio donde radique su puesto de trabajo
- En el periodo correspondiente a la Semana Santa que comprenderá la Semana Santa así como el viernes anterior y el lunes posterior a la misma.
Los
funcionarios que se encuentren prestando el servicio de guardia en la
semana de carnavales y/o semana santa, podrán hacer uso de la
reducción horaria prevista en este apartado en la semana anterior o
posterior al desarrollo de la guardia.
En
cualquier caso, habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135
de la Ley de Enjuiciamiento Civil,
respecto
a la presentación de escritos sometidos a término.