El
Régimen Especial de Seguridad Social (SS) del personal de Justicia
está integrado por los dos siguientes mecanismos de cobertura:
Régimen
de Clases Pasivas del Estado: se ocupa de lo relativo a las
pensiones (jubilación, viudedad, orfandad o en favor de
progenitores) y lo gestiona el Ministerio de Hacienda.
Régimen
de mutualismo administrativo obligatorio: se encarga de lo
relativo a la asistencia sanitaria, prestación por incapacidad
laboral transitoria y ayudas asistenciales, y lo gestiona, por lo
que se refiere a Justicia, la Mutualidad General Judicial (MUGEJU),
adscrita al Ministerio de Justicia.