sábado, 15 de diciembre de 2018

CONCURSO DE TRASLADOS ORDINARIO GESTION, TRAMITACION Y AUXILIO 2018: Publicada en el BOE la resolución provisional

MINISTERIO DE JUSTICIA
Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia


Orden JUS/1325/2018, de 10 de diciembre, por la que se resuelve provisionalmente, se aprueba la relación de excluidos y se anuncian los lugares donde están a disposición de los interesados los anexos III del concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/779/2018, de 6 de julio.

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Los funcionarios interesados expresarán en un plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», su disconformidad con los datos obrantes en dicho anexo III, para lo cual deberán solicitar su corrección mediante el anexo IV (Modelo de Alegaciones) publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de julio de 2017 y en la página web del Ministerio de Justicia, aportando la prueba documental oportuna.
El modelo de alegaciones y documentación adjunta, en su caso, se remitirán preferentemente al Ministerio de Justicia mediante fax, dirigido a la atención de «Concursos-Despacho 220», a los números 913902394 / 913904304 / 913904250 / 913902076. También se puede enviar a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es, escaneando el anexo IV firmado.
De no reclamarse en el plazo establecido se entenderá que muestran su conformidad y aceptación de los datos contenidos, de su baremación y el destino provisionalmente adjudicado.
Al tratarse de un concurso a resultas, los destinos provisionalmente adjudicados pueden sufrir variaciones en la resolución definitiva como consecuencia de las posibles rectificaciones que puedan producirse en la baremación de las instancias. En cualquier caso, los destinos adjudicados provisionalmente no suponen derecho o la expectativa de derecho respecto a la resolución definitiva del concurso.