EL PARTIDO SOCIALISTA SE QUITA LA CARETA ANTE LAS/OS FUNCIONARIAS/OS DE JUSTICIA: LA COMISIÓN DE JUSTICIA DEL CONGRESO APRUEBA UNA REDUCCIÓN DE NUESTRO DERECHO A LA MOVILIDAD EXCLUSIVAMENTE AL MUNICIPIO
A pesar de las buenas palabras de la Ministra de Justicia, la Sra. Delgado en la que se comprometía a abrir un diálogo sincero para la satisfacción de las reivindicaciones profesionales del colectivo de justicia, lo cierto es que no hemos tenido que esperar mucho tiempo para ver que dichas intenciones se van quedando por el camino.
El problema actual se refiere a la modificación de la LOPJ, proyecto iniciado por el PP, pero que en este momento está impulsando el Grupo Socialista. Dicho proyecto, que inicialmente estaba únicamente relacionado con la recuperación de derechos, como la de los tres días de asuntos particulares que tanto tiempo venimos reclamando, se enturbió, primero por el PP y ahora con el PSOE, con otras cuestiones, gravísimas para los derechos de los funcionarias/os de justicia. La más importante es la relativa a la determinación del centro de destino del artículo 521 de la LOPJ.
Con el texto aprobado se entenderá por centro de destino “EL CONJUNTO DE PUESTOS QUE RADIQUEN EN EL MISMO MUNICIPIO”. Añadiéndose que la asignación de los funcionarios a dicho centro destino se hará con “criterios objetivos relacionados con las necesidades del servicio y las cargas de trabajo”. Este criterio podría suponer:
- Que en los supuestos de provisión de puestos de trabajo (oposiciones y concursos), únicamente pudiéramos optar a un municipio determinado, de forma que el puesto concreto en RPT que fuéramos a desarrollar se determinara conforme a las necesidades del servicio y las cargas de trabajo de los mismos.
- Que podrían realizarse procedimientos de movilidad forzosa dentro de dicho centro de destino.
- La incoación y tramitación de los expedientes disciplinarios por faltas muy graves, y algunas graves, corresponderá al MINISTERIO DE JUSTICIA. Cercenando las competencias que tenía CANARIAS en esta materia.
- Se establece que la asignación de jueces de refuerzo no podrá conllevar la asignación de medios personales distintos de los que cuente el juzgado en el que se adscriba.
- Los interinos de refuerzos serán cesados en un período máximo de 6 meses desde que fueron nombrados.
- No se recupera el 50% de la promoción interna que tantas veces hemos solicitado en los últimos años.
En fin, esto nos deja un lamentable panorama en el que se ahonda en la pérdida progresiva de derechos que ya había iniciado el PP pero a la que el PSOE y COALICIÓN CANARIA parece querer sumarse igualmente, por todo lo que habrá que plantearse las medidas de respuesta necesarias para que se produzca una reversión urgente de estas cuestiones antes de que pueda ser demasiado tarde.