lunes, 24 de septiembre de 2018

NOTA SOBRE DESTINOS TURNOS LIBRE CANARIAS

Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el proceso selectivo de la siguiente manera:
a) Primero se adjudicarán los destinos a los aspirantes del turno de promoción interna, de conformidad con la Orden JUS/866/2018, de 31 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 10 de agosto), por la que se publicaba la relación de plazas que se ofrecían a los aspirantes aprobados de dicho turno, según lo establecido en el artículo 34 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal al servicio de la Administración de Justicia.
b) Una vez adjudicado el destino a dichos aspirantes, y publicado su nombramiento y adjudicación de destino en el «Boletín Oficial del Estado», se acumularán a las plazas del turno libre aquellas otras plazas no ocupadas por los aspirantes del turno de promoción interna, al haber optado por quedarse en el Cuerpo de procedencia, según lo establecido en los artículos 28.3 y 29.2 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
c) Se adjudicará destino a los aspirantes del turno libre.

Debido a que se desconocen las adjudicaciones de promoción interna,  recomendamos que soliciten las plazas que estimen oportunas.