Durante el periodo comprendido entre el 15 de junio y el 16 de septiembre de 2018, ambos inclusive, los funcionarios podrán realizar una jornada reducida de trabajo de treinta y dos horas y media (32,5 h.) semanales, a realizar por los funcionarios con jornada general de trabajo, siendo de obligada presencia de lunes a viernes entre las 9,00 y 14,30 horas.
Normativa aplicable:
Orden JUS/615/2012,de 1 de marzo, por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas en régimen de dedicación especial para el personal al servicio de laAdministración de Justicia. (BOE 28 de marzo de 2012)