miércoles, 5 de abril de 2017

JORNADA REDUCIDA SEMANA SANTA 2017

De acuerdo con lo establecido en el BORRADOR DE RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA POR LA QUE SE APRUEBA EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2017 DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA QUE PRESTA SUS SERVICIOS EN LOS ÓRGANOS JUDICIALES, FISCALES E INSTITUTOS DE MEDICINA LEGAL DE CANARIAS Y SE PRORROGAN LAS DISPOSICIONES DE LA RESOLUCIÓN DE ESTA DIRECCIÓN GENERAL DE 9 DE JUNIO DE 2015 EN LO RELATIVO A VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS:

Otros periodos de jornada reducida. Jornada reducida por fiestas locales.
Los funcionarios podrán realizar una jornada reducida de 9,00 a 14,00 horas, durante un máximo de 5 días anuales en alguno de los siguientes períodos, o repartidos entre ambos:

1.- En la semana de Carnaval (del 24 de febrero al 3 de marzo de 2017).
2.- Durante la Semana Santa (del 7 al 17 abril de 2017)
Los funcionarios que se encuentren prestando el servicio de guardia en la semana de carnavales y/o semana santa, podrán hacer uso de la reducción horaria prevista en este apartado en la semana anterior o posterior al desarrollo de la guardia.