Desde
INTERSINDICAL CANARIA denunciamos que el GOBIERNO
DE CANARIAS no aplica
la subida salarial del complemento específico establecido en el
art. 37
de la LEY
11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Canarias para 2016
a los
funcionarios de justicia,
al
aplicar el artículo 2.6 de la ley 8/2012, de 27 de diciembre,
de medidas administrativas y fiscales complementarias a las de la Ley
4/2012, de 25 de junio que establece lo siguiente: “A
los efectos previstos en los apartados anteriores, para el cálculo
del complemento de la prestación económica por incapacidad
temporal, se tomarán en consideración las retribuciones mensuales
ordinarias, que son aquellas que tienen el carácter de fijas y
periódicas, percibidas en el mes anterior al de inicio de la
situación de incapacidad temporal".
Desde
INTERINSICAL CANARIA entendemos
que el complemento específico, que tanto ha costado que se
reconozca, debe abonarse a la totalidad de los funcionarios y
funcionarias de justicia de Canarias incluidos el personal que se
encuentre en situación de incapacidad temporal.
EN
INTERSINDICAL CANARIA ESTAMOS HARTOS DE LA DISCRIMINACIÓN ECONÓMICA
QUE SUFRE NUESTRO COLECTIVO EN MATERIA DE DESCUENTOS POR INCAPACIDAD
TEMPORAL AL QUE SE AÑADE UNA NUEVA GOTA QUE COLMA EL VASO COMO ES EL
NO RECONOCER EL PAGO DE LA TOTALIDAD DEL COMPLEMENTO ESPECÍFICO A
TODOS (INCLUÍDO EL PERSONAL QUE SE ENCUENTRA EN SITUACIÓN DE
INCAPACIDAD).
Desde
hace tiempo llevamos requiriéndoles
al GOBINERO DE CANARIAS (PSOE-CC) para
que prediquen con el ejemplo y
combatan con hechos y con normativas adecuadas la agresión contenida
en el decretazo del
PP de Rajoy respecto a los descuentos por situaciones de baja médica,
que no es otra cosa sino un ejemplo más de la criminalización de la
salud de los/as Empleados/as Públicos/as por parte de la élite
gobernante. Porque la realidad que sufrimos es políticamente
perversa: mientras el PSOE se jacta públicamente de condenar las
políticas laborales del PP, rechazando –entre otras- cosas ese
funesto decretazo, cuando
tiene posibilidades legales de combatirlo
Es
por todos ello que Solicitamos que
el GOBIERNO
DE CANARIAS rectifique y
en caso contrario nos veremos obligados
a ejercer las acciones legales oportunas tendentes al cobro por
todos/todas del complemento específico
establecido en el art. 37
de la LEY
11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Canarias para 2016 .