martes, 5 de mayo de 2015

FORMACIÓN:INTERSINDICAL CANARIA SOLICITA UNA VERDADERA NEGOCIACIÓN DE LOS PLANES DE FORMACIÓN Y TRANSPARENENCIA EN LA SELECCIÓN DEL PROFESORADO DEL ICAP

El día 28 de abril de 2015, tuvo lugar en sesión ordinaria el Consejo de Administración del ICAP (Instituto Canario de Administraciones Públicas), al cual somos vocal de dicho Consejo. Se procedió como punto Uno a la lectura y aprobación del acta anterior con fecha de 27 de febrero de 2015, y en el punto Cuarto de “Ruegos y preguntas” Intersindical Canaria comentó en relación al plan anual de actividades de formación del ICAP para el año 2015, “que se debería remitir previamente a las mesas sectoriales para su negociación; hizo además unas puntualizaciones, en relación a los cursos de formación que se imparten para los funcionarios de la Administración de Justicia, de los cursos de autoformación sectorial que no son certificados y en cuanto a la selección de los profesores que imparten los cursos, entre otras cosas, que debe ser pública y transparente.” Siendo aprobada dicha acta anterior.

En el punto Segundo, fueron aprobadas las cuentas del ICAP del año 2014.

En el punto Tercero, de “Ruegos y preguntas”, Intersindical Canaria volvió a recordarle al Consejo de Administración del ICAP, retomando el “Ruego y preguntas” del acta anterior, que la selección del profesorado se aplicara a la convocatoria anual pública y en el BOC. El Consejo de Administración respondió que ellos tienen la capacidad de decisión por parte del ICAP para la selección del profesorado según su experiencia. A demás, se rigen por el Reglamento Orgánico del ICAP que en el Artículo 14 viene regulado, y dice:

Artículo 14. Personal docente.
1. Para la dirección, coordinación e impartición de las actividades de formación y perfeccionamiento el Instituto podrá requerir la colaboración de personas cualificadas tanto de entre el personal al servicio de las Administraciones Públicas, como de profesionales y personas dependientes de otras Instituciones, entidades y organismos, públicos o privados.
2. La designación de las personas a las que corresponda la dirección, coordinación e impartición de las actividades de formación y perfeccionamiento se realizará por la Dirección del Instituto, de acuerdo con los criterios y procedimiento que se establezcan por el Consejero o Consejera competente en materia de función pública a propuesta del Consejo de Administración.

(Decreto 130/2014, 29 diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Canario de Administración Pública)


Y se puso fin a esta sesión ordinaria del Consejo de Administración del ICAP.