De acuerdo con lo establecido en la Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia por la que se aprueba el calendario laboral del personal al servicio de la Administración de Justicia en Canarias para el año 2014:
Vacaciones
Las
vacaciones se disfrutarán dentro del año natural y hasta el 31
de enero del año siguiente, en períodos mínimos de 5 días
hábiles consecutivos.
Siempre
que las necesidades del servicio lo permitan, de los días de
vacaciones previstos, se podrá solicitar el disfrute
independiente de hasta 7 días hábiles por año natural. Estos
siete días de disfrute independiente se podrán acumular a los días
por asuntos particulares.
La
solicitud deberá ser previamente informada por el responsable
funcional en el plazo de 5 días. En caso de ausencia del informe del
responsable funcional en el indicado plazo se entenderá que el mismo
es favorable a la concesión de la solicitud.
Permiso
por Asuntos Particulares
Cuando
por dichas necesidades no sea posible disfrutarlos antes del 31 de
diciembre, se concederán hasta el 31 de enero del año siguiente.
Los
días de permiso por asuntos particulares, así como los días de
permiso previstos en el apartado siguiente podrán acumularse a los 7
días de vacaciones que se pueden disfrutar de forma independiente,
siempre y cuando las necesidades de servicio lo permitan.