jueves, 3 de julio de 2014

COMUNICACIÓN INFORMATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA: TRIBUTACIÓN DE LA PARTE PROPORCIONAL DE LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE DE 2012

En las nóminas correspondientes  al pasado mes de abril se procedió  al pago de la parte proporcional  de la Paga Extra de diciembre de 2012, ya devengada a la fecha  de entrada en  vigor del RDL 20/2012,  de 13 de julio, de medidas para garantizar  la estabilidad  presupuestaria y de fomento de la competitividad ( 1 de junio a 14 de julio, para el personal funcionario, y 1 de mayo  a 14 de julio , para el personal  laboral).
Ante las numerosas  consultas planteadas  a esta Dirección General  sobre tributación, a efectos de IRPF,  por las cantidades  percibidas por el expresado concepto, de conformidad con lo previsto  en la normativa de aplicación ( reglas  especiales para la imputación  temporal establecidas en el artículo 12.2.b) de la ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial  de las leyes  de los  Impuesto sobre  Sociedades, sobre  la Renta de no residentes y sobre el   PATRIMONIO),  se informa los siguiente:
personal  funcionario de  la Administración de justicia

Dado que el pago se realizado  no tiene causa directa en una resolución  judicial, sino en el  Acuerdo adoptado por el Gobierno de 13 de febrero de 2014, las cantidades  percibidas han de imputarse  al ejercicio  en que resultaron exigibles (en este caso, 2012), debiendo presentarse autoliquidación complementaria a la del citado ejercicio, sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno, antes del 30 de junio de 2015,  fecha en  finaliza el plazo  para la declaración  a efectos de IRPF correspondiente al ejercicio 2014, en curso.