martes, 13 de noviembre de 2012

PUBLICACIÓN DE LOS SERVICIOS MÍNIMOS HUELGA GENERAL

Publicados en el BOC : 
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Se consideran servicios esenciales en el ámbito de la Administración de Justicia de la Comunidad
Autónoma de Canarias, los siguientes:
1)Los Juzgados que actúen de guardia: toda la dotación de personal que efectúa el servicio de guardia habitualmente (todas las actuaciones penales de instrucción en causas por delitos, que sean de carácter urgente; el reconocimiento de lesionados; recepción y registro de documentos de todas aquellas actuaciones en que venza un plazo preestablecido por la ley; embargos de buques de carácter provisional o preventivo y medidas cautelares o provisionales cuando cuyo Cumplimiento pueda suponer pérdida o perjuicio de derechos, o bien, todas aquellas enlas que sin vencer el plazo, su falta de práctica comporte un notable perjuicio al interesado e internamientos civiles).
2) Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer exclusivos. Toda la dotación de personal que efectúa el servicio de guardia habitualmente.
3) Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción con competencias en materia de violencia sobre la mujer: las competencias serán asumidas por el Juzgado que actúe de guardia.
4) Fiscalías que actúen de guardia: toda la dotación de personal que efectúa el servicio de guardia
habitualmente.
5) Registro Civil: el Juzgado que actúe de guardia asumirá los trámites referidos a defunciones.
Solo se celebrarán las bodas señaladas para ese día, para lo cual se establecen unos servicios mínimos de 1 Gestor o Tramitador Procesal y Administrativo y 1 Auxilio Judicial.