La Dirección General abonará de oficio, sin
necesidad de presentar incidentes de ejecución en los juzgados, los intereses
generados en las demandas y/o solicitudes de extensión de efectos de los
“trienios europeos” a razón de un 4% calculado desde la notificación de la
resolución judicial a la Administración, además del abono de los intereses
correspondientes a los 4 años anteriores a la prescripción hasta la fecha de
entrada en vigor del Estatuto Básico del empleado público
ÚLTIMA HORA
NOVEDADES
- PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN JUSTICIA "CONCURSO Y CONCURSO-OPOSCIÓN: INFORMACIÓN ACTUALIZADA
- PROCESO SELECTIVOS JUSTICIA " ACCESO LIBRE Y PROMOCIÓN INTERNA: INFORMACIÓN ACTUALIZADA
- Calendario de fiestas Canarias 2025
- RECORDATORIO: Diferencias en la prestación de jubilación entre el " Régimen de Clases Pasivas y el Régimen General de la Seguridad Social."
- INFORMA "CALENDARIO FESTIVOS 2026 COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS"