domingo, 13 de febrero de 2011

Anteproyecto de ley reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la administración de justicia

Publicado en la web del Ministerio de Justicia Anteproyecto de ley reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la administración de justicia
La presente Ley regula únicamente los aspectos necesarios para dar cumplimiento a la legislación procesal en lo relativo al uso de las nuevas tecnologías. Así, por ejemplo, no se ha buscado establecer plazos o términos distintos de los señalados en las leyes de enjuiciamiento, sino que la norma se limita a establecer los criterios que deben ser considerados para efectuar el cómputo de los mismos si los actos procesales que determinan su comienzo o fin se efectúan a través de medios electrónicos.
También tiene una gran importancia la cooperación entre administraciones en materia de administración electrónica. Para ello se establecen marcos estables y vinculantes de colaboración, cooperación y coordinación. En este capítulo cobra especial importancia la consolidación como norma legal de algunas de las previsiones contenidas en el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado para el establecimiento del Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad en el ámbito de la Administración de Justicia (EJIS). Asimismo, la Ley crea la Comisión Estatal de Administración Judicial Electrónica, que ostentará competencias en orden a la interoperabilidad de las distintas aplicaciones que se utilizan en la administración de Justicia, sin perjuicio de las previstas para el Consejo General del Poder Judicial.