La Sección Sindical de Justicia de
INTERSINDICAL CANARIA ha presentado denuncia ante la Inspección de
trabajo contra la Dirección general por no respetar los descansos
en la Guardias en los órganos judiciales y fiscalías de Canarias.
La denuncia ha sido presentada por
no respetar el descanso mínimo semanal del personal que realiza
guardias, en cumplimiento de la Directiva Europea, por no computarse
la jornada efectiva de trabajo durante la prestación de servicio de
guardia, por no regular los descansos por el servicio de guardia
trabajar en días festivos y los días 24 y 31 de diciembre, ni
respetarse los descansos mínimos diarios entre jornada y jornada
durante la prestación del servicio de guardia.
A pesar de que los responsables de la
Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia
en la mesa Sectorial del pasado 1 de julio 2014 nos comunicaron que
iban a convocar una mesa sectorial para negociar las condiciones de
trabajo de los funcionarios que realizan el servicio de guardia,
hasta la fecha estamos a la espera de la dicha convocatoria, pese a
que la Administración viene incumpliendo los establecido en la
resolución de 2-7-14 de la Secretaria de Estado de Justicia (BOE
10-7-14) por la que se garantiza un descanso mínimo semanal de 35
horas ininterrumpidas se iba a aplicar en breve a los compañeros/as
que realizan guardias los fines de semana (y que por tanto carecen de
descanso alguno durante medio mes), tampoco se está computando la
jornada efectiva
de trabajo, ni los descanso mínimos diarios entre jornada y jornada,
ni las compensaciones por trabajar en festivos, la Dirección General
de Relaciones con la Administración de justicia Consejería de
Justicia ha decidido de forma unilateral
y sin tan siquiera tratar este asunto en la Mesa de Negociación, NO
APLICAR la normativa del
Ministerio de Justicia, que debió entrar en vigor al día siguiente
de su publicación, incluso incumpliendo lo establecido la Ley
Orgánica del Poder Judicial que obliga a la regulación por parte de
la Comunidad Autónoma de Canarias a tenor de lo establecido en el
Artículo 501.2 que establece lo siguiente dispone que:
“2. El Ministerio de Justicia y
las Comunidades Autónomas en sus respectivos territorios
garantizarán la asistencia necesaria a los órganos o servicios
judiciales en funciones de guardia. A tal efecto previa negociación
con las organizaciones sindicales determinarán el número de
funcionarios que han de prestar dicho servicio, la
permanencia en el órgano judicial o servicio o la situación de
disponibilidad de los mismos y organizarán y distribuirán el
horario a realizar.”
Que desde INTERSINDICAL
CANARIA venimos solicitando
y reiterando desde el año 2012 a la Dirección General de Relaciones
con la Administración de Justicia la regulación y negociación de
las condiciones de trabajo de los funcionarios que realizan en
servicio de guardia en los órganos judiciales de Canarias, incluso
hemos presentado denuncia ante la unión europea, sin que el Gobierno
de Canarias se haya dignado a contestar hasta la fecha.
Por lo tanto la Administración está
vulnerando el derecho a descanso de los funcionarios y funcionarias
de Justicia que vienen realizando el servicio de Guardia, que viene
tajantemente establecido por la Unión Europea en su DIRECTIVA
2003/88CE, en consonancia con las políticas de SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO que son un pilar fundamental del ordenamiento jurídico
común, Directiva esta que obligó al Ministerio de Justicia a
publicar la mencionada Resolución de 2-7-2014.
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