miércoles, 16 de febrero de 2022

INFORMA LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS A LA NUEVA BOLSA DE INTERINOS: INFORMACIÓN Y FORMAS DE RECLAMACIÓN FRENTE A LA MISMA

 


Como todos saben , en fecha 16 de febrero de 2022 se ha dictado la Resolución 510 del 2022 de la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia por la que se aprueban las listas provisionales de admitidos y excluidos de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en Canarias.

En la misma se hacen públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos a las bolsas de interinos de los cuerpos referidos, y se establece un plazo de díéz días hábiles para la presentación de reclamaciones y documentos entre el 17 de febrero y el 2 de marzo, ambos inclusive.


CONSULTA DE LOS LISTADOS PROVISIONALES

Las listas provisionales de admitidos y excluidos se publicán en la página web de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia (https://www.gobiernodecanarias.org/justicia/RecursosHumanos/ListasEmpleo/), en los tablones de anuncios de los Decanatos de cada partido judicial, así como en la Secretaría del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Las consultas individuales de las baremaciones de las solicitudes se podrá realizar en la siguiente dirección electrónica:

https://www.gobiernodecanarias.org/aplicaciones/infbolsainterinosjusticia


PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES

 Las solicitudes se presentaran ante la Dirección General competente en materia de justicia, mediante escrito dirigido al/la Director/a General de Relaciones con la Administración de Justicia, que podrá presentarse en la forma establecida en el apartado 2 de la base cuarta de la convocatoria:

a) Preferentemente de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/6639

En este caso se deberá contar con DNI electrónico, certificado digital o acceso
CL@VE, pudiendo la solicitud ser registrada en el mismo trámite una vez cumplimentada la misma y los documentos adjuntos.

b) De forma presencial, una vez cumplimentado el modelo de solicitud disponible en la sede electrónica, se deberá imprimir y firmar la solicitud, y se presentará junto con la documentación requerida en el Registro Auxiliar de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia ubicado en los Edificios de Servicios Múltiples II, planta 0, sitos en la calle Agustín Millares Carlo, 18, 35071-Las Palmas de Gran Canaria, y en la calle José Manuel Guimerá, 10, 38071-Santa Cruz de Tenerife, respectivamente, mediante cita previa en el teléfono 012, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De confomidad con la base undécima, los aspirantes que hayan sido seleccionados en más de una lista de reserva, deberán optar, en el mismo plazo concedido para realizar subsanaciones y/o reclamaciones, por la lista de reserva de la que deseen formar parte. De no hacerlo, se procederá de oficio a su exclusión de la lista en la que han obtenido menor puntuación.


De esta forma, en este período podrán plantearse las siguientes cuestiones:

  

SUBSANACIÓN

Conforme al artículo 3.3 de la Orden de Interinos de 11 de diciembre de 2020 (BOC del 21 de diciembre de 2020), dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a partir de la fecha de publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, los interesados podrán reclamar sobre cualquiera de los datos alegados en la solicitud ante el Servicio de Recursos Humanos de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia. Por su parte, la Convocatoria de las bolsas de interinos, Resolución de 28 de julio (BOC de 30 de julio), establece que en el referido plazo los interesados podrán SUBSANAR la falta de documentos preceptivos, entendiendo que en caso de no hacerlo desisten en su solicitud de participar en la convocatoria.

Así, la SUBSANACIÓN comprende los supuestos de EXCLUSIÓN de la lista por falta de acreditación de los REQUISITOS que, en cada caso, eran necesarios para formar parte de las mismas. Los principales supuestos de exclusión, y su correspondiente forma de subsanación, serían los siguientes:

  • NO PRESENTAR TITULACIÓN REQUERIDA PARA EL CUERPO”: Se presentará la la titulación exigida para ingreso en el cuerpo o, en su caso, COPIA COMPULSADA del justificante de haber abonado las tasas para su expedición. La acreditación de la equivalencia al Bachiller de las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años, deberá acompañarse del título o la certificación académica del graduado en ESO o equivalente, o de haber superado 15 créditos ECTS de los estudios universitarios, y de la mención a la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio.

  • TITULACIÓN ”: Deberá presentarse debidamente la documentación referida en el punto anterior.

  • NO PRESENTAR MEJORA/DEMANDA DE EMPLEO”: Se deberá presentar el DOCUMENTO ACREDITATIVO de estar inscrito en Oficina Pública de Empleo como demandante de empleo o mejora del mismo.

  • NO APORTA DECLARACIÓN RESPONSABLE”: Se presentará en forma la declaración responsable conforme a la convocatoria. (Boletín Oficial de Canarias nº 32. Martes 16 de febrero de 2021 - 747).

  • DATOS PERSONALES INCOMPLETOS” / “SOLICITUD SIN FIRMAR O INCOMPLETA” / “SOLICITUD NO SE AJUSTA A MODELO” / ”NO CONSTA ISLA Y/O CUERPO EN LOS QUE DESEA SER INCLUIDO”: Se presentará escrito de SUBSANACIÓN explicando y alegando dichos datos que faltaren, así como la propia solicitud original debidamente completada conforme al modelo establecido en la convocatoria. (Boletín Oficial de Canarias nº 32. Martes 16 de febrero de 2021 - 747).

  • NO ACREDITAR, NO PRESENTAR CERTIFICADO DE RECONOCIMIENTO DEL GRADO DE MINUSVALÍA”: Se presentará la CERTIFICACIÓN del reconocimiento del grado de minusvalía, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

  • NO PRESENTAR CERTIFICADO DE ESTAR EN CONDICIONES DE CUMPLIR LAS TAREAS REQUERIDAS PARA EL PUESTO”: Se presentará la CERTIFICACIÓN de que se está en condiciones de cumplir las tareas fundamentales del puesto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 43/1998, de 2 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo VI, Título VI de la Ley 2/1984, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, regulador del sistema de acceso de personas con minusvalía para la prestación de servicios en la Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de fomento para su integración laboral.

  • SOLICITUD FUERA DE PLAZO”: Se expondrán y acreditarán las pruebas, o, en su caso, razonamientos jurídicos, que pudieran resultar procedentes para salvar dicha causa de exclusión.

  • CONOCIMIENTOS EN TRATAMIENTO INFORMÁTICO DE TEXTOS ”: Las personas aspirantes que opten a las listas de empleo de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa deberán acreditar conocimientos de tratamiento informatizado de textos, mediante certificación o diploma acreditativo, expedido por centro de formación reconocido oficialmente, se informa lo siguiente:

    Se considerarán acreditados los expedidos por el Instituto Canario de Administración Pública o Instituto Nacional de Administraciones Públicas u Organismos Equivalentes en el ámbito de las distintas Comunidades Autónomas; por el Servicio Canario de Empleo, u organismos equivalentes en el ámbito estatal o de las distintas Comunidades Autónomas; las Universidades y otros organismos; centros homologados por los órganos competentes en materia de formación del Estado o de las Comunidades Autónomas (Servicios Públicos de Empleo), y Centrales Sindicales en desarrollo de Acuerdos para la formación suscritos con las Administraciones Públicas.

    También se considerará valido dicho requisito en el caso de estar en posesión de titulación oficial de Formación Profesional, en la que se acredite la superación de asignatura de tratamiento informatizado de textos con un n.º mínimo de 40 horas lectivas.

RECLAMACIÓN FRENTE A LA VALORACIÓN REALIZADA

Conforme al párrafo segundo de la Base Octava de la Convocatoria, en el mismo plazo se podrán presentar RECLAMACIONES sobre cualquiera de los DATOS o PUNTUACIONES contenidos en las listas provisionales mediante dirigido a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.

Así, la RECLAMACIÓN permite solicitar la revisión de los datos o puntuaciones de cómo se ha realizado la valoración, pero no corregir o aportar documentos nuevos. Al efecto, recomendamos revisar los datos de la valoración y baremación que os ha sido realizada conforme a lo establecido en la propia convocatoria.

NOTA IMPORTANTE: De acuerdo a lo previsto en la base sexta, apartado 1.2, que establece “Por superar los ejercicios de la fase de oposición de los procesos selectivos correspondientes a las dos últimas ofertas de empleo anterior a la aprobación de las listas definitivas de cada convocatoria: máximo 17 puntos”, las personas interesadas podrán presentar en el plazo de subsanación/reclamaciones antes indicado la solicitud de valoración del mérito correspondiente a la superación de las últimas pruebas selectivas convocadas por
Orden JUS/60/2020, de 15 de enero, para el acceso por el sistema de acceso libre al Cuerpo de Auxilio Judicial, cuya listas de aprobados de la fase de oposición fueron publicadas con fecha 24 de junio de 2021. . A pesar de ello, pensamos y les ACONSEJAMOS que todos aquellos que hayan aprobado alguno de los ejercicios de las dos últimas Convocatorias , y que se han reconocido de oficio , lo aleguen mediante el mismo modelo de RECLAMACIÓN y solicitando que se proceda a su valoración.


OPCIÓN DE ELECCIÓN DE LISTA DE RESERVA

El artículo 2.5 de la Orden de Interinos establece que los aspirantes sólo podrán pertenecer a las listas de reserva de una sola isla. Añadiendo, que los aspirantes que hayan sido seleccionados en más de una lista de reserva de una misma isla, deberán optar por la lista de reserva del Cuerpo en la que deseen formar parte dentro del mismo plazo establecido para realizar alegaciones frente a las listas provisionales. Las únicas excepciones a este requisito de formar parte de una sola lista de reserva, sería la siguiente:

  • El reconocimiento de la compatibilidad entre la lista de reserva del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y la lista de reserva del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa. (Disposición Final Primera de la Orden de Interinos y Base Décima de la Convocatoria).


Así, quienes estando en la lista de Auxilio en una isla, están también en las listas de Gestión y/o Tramitación, deberán elegir entre aquel cuerpo o éste (o éstos), en el plazo referido.


MODELOS

Así, conforme a la exposición realizada en este escrito, los supuesto de reclamación , conforme a lo expuesto, son los siguientes:

  • DE SUBSANACIÓN.

  • DE RECLAMACIÓN.

  • DE SUBSANACIÓN Y RECLAMACIÓN: En caso de realizar ambas solicitudes en el mismo escrito.

  • MODELO OPCIÓN DE LISTA.

NOTA FINAL: Finalmente, os recordamos que debéis presentar las subsanaciones y reclamaciones en el plazo previsto (del 16 de febrero al 1 de marzo), ni antes ni después.

DUDAS Y OTRAS CUESTIONES: Si tuviesen alguna duda al respecto pueden ponerse en contacto con nuestros delegados sindicales

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE ACUERDO CON LA CONVOCATORIA

SECCIÓN SINDICAL DE JUSTICIA DE INTERSINDICAL CANARIA (16/02/2022)