El decreto no incluye el 1 de mayo al coincidir la Fiesta del Trabajo con domingo
El Consejo de Gobierno aprobó este miércoles el decreto para determinar el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma en 2022, dentro del límite anual de 14 jornadas, y abrir así el plazo con el fin de establecer los festivos locales.
En concreto, el expediente establece, en aplicación de la legislación estatal, como días inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y las jornadas festivas del:
- 1 de enero por Año Nuevo
- 6 de enero, Epifanía del Señor;
- 14 de abril, Jueves Santo;
- 15 de abril, Viernes Santo
- 30 de mayo, Día de Canarias
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España
- 1 de noviembre, Todos los Santos
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción26 de diciembre, descanso laboral correspondiente a la festividad de la Natividad del Señor, al coincidir en domingo la Navidad.
Además, fija también las fiestas laborales por islas:
- 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria, en Tenerife
- 5 de agosto, Nuestra Señora de las Nieves, en La Palma
- 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino, en Gran Canaria
- 15 de septiembre, Nuestra Señora de los Volcanes, en Lanzarote y La Graciosa
- 16 de septiembre, Nuestra Señora de la Peña, en Fuerteventura
- 24 de septiembre, Nuestra Señora de los Reyes, en El Hierro
- 3 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe, en La Gomera.