NOTA INFORMATIVA
CONCEPTOS RETRIBUTIVOS EN LAS SUSTITUCIONES VERTICALES
En relación con las retribuciones a percibir por el personal de la Administración de Justicia que ocupen de forma temporal puestos de trabajo mediante el sistema de sustitución contemplado en el artículo 527 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial y a través del Procedimiento previsto para la cobertura de puestos mediante sustitución vertical regulado en la Resolución de esta Dirección General de 9 de diciembre de 2019 (B.O.C. nº 241 de 13 de diciembre), se comunica que a partir del mes de marzo se va a implantar un nuevo sistema de abono de conceptos retributivos en el aplicativo de nóminas que consistirá en lo siguiente:
El funcionario a efectos retributivos y de ocupación, pasa a ocupar el puesto del cuerpo donde realiza la sustitución y su nómina recogerla los conceptos retributivos del cuerpo del puesto que ocupa, a excepción de trienios y la cuota de mutualidad que seguirán siendo los mismos que los del cuerpo de pertenencia. La percepción será en el mismo mes que se acuerde el nombramiento para ocupar la sustitución.
La regularización del sistema de abono de retribuciones dará lugar a que, a partir de la nómina del mes de marzo, a aquellos funcionarios a los que se proceda al cierre y apertura del nuevo sistema se les liquidará los días correspondientes de paga extra (90 días en la nómina de marzo, 120 días en la de abril, 150 si la regularización es en mayo y 180 si se le regulariza en el mes de junio).
El resto del devengo de paga extra lo percibirá en la nómina del mes de junio (90 días si se regularizó en la nómina de marzo, 60 días si es en la de abril y 30 días si la regularización es en mayo).
El nuevo sistema no implica abono de diferencias, sólo supone actualizar la percepción de las retribuciones y adaptarlas a la realidad de la ocupación del puesto.