martes, 23 de marzo de 2021

JORNADA REDUCIDA SEMANA SANTA 2021

CIRCULAR N.º 1, DE 10 DE FEBRERO DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, SOBRE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN JORNADA REDUCIDA DURANTE LA CELEBRACIÓN DEL CARNAVAL, SEMANA SANTA Y/O NAVIDAD.


 PRIMERO. El personal funcionario podrá realizar una jornada reducida de 9,00 a 14,00 horas, por un máximo de 5 días anuales en alguno de los siguientes períodos, o repartidos entre ellos:

• En el periodo correspondiente a la festividad de Carnaval, que comprenderá desde el viernes de la semana anterior y la semana que incluya el martes de Carnaval o bien en la semana en la que se celebren los actos de Carnaval en el municipio donde radique supuesto de trabajo.

En el periodo correspondiente a la Semana Santa, que comprenderá toda la semana así como el viernes anterior y el lunes posterior a la misma.

• Excepcionalmente y atendiendo a la suspensión de los actos de carnaval en Canarias, se habilita el periodo comprendido entre los días 23 y 30 de diciembre del año 2021,coincidiendo con la celebración de la Navidad.

SEGUNDO. Los/as funcionarios/as que se encuentren prestando el servicio de guardia en la semanad e Carnaval, Semana Santa y/o Navidad, podrán hacer uso de la reducción horaria prevista en este apartado en la semana anterior o posterior al desarrollo de la guardia.

TERCERO. En cualquier caso, habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, respecto a la presentación de escritos sometidos a término.