Publicamos información remitida por el MINISTERIO DE JUSTICIA:
Instrucciones para regular en el ámbito de competencias y actuación del Ministerio de Justicia la tramitación y expedición, a petición del interesado, de certificados personales por servicios efectivamente prestados en el ámbito de la Administración de Justicia, por el personal funcionario o laboral, dentro de los cuales haya períodos en los que no exista constancia de su cotización a la Seguridad Social, a los fines establecidos por la disposición adicional centésima quincuagésima octava de la Ley 10/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021.