lunes, 15 de febrero de 2021

NUEVA BOLSA INTERINOS DE CANARIAS: ACREDITACIÓN DE MÉRITOS

 

Ante las numerosas consultas recibidas sobre la acreditación de méritos en la nueva bolsa de INTERINOS , el artículo 5.3 de la ORDEN de 11 de diciembre de 2020, por la que se regula la selección, el nombramiento y cese del personal funcionario interino de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial a(BOC 21/12/2020), establece lo siguiente:


Las solicitudes deberán acompañar la documentación establecida en la presente Orden además de la que se establezca en la convocatoria, tanto la relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria como a los méritos que deseen hacer valer las personas aspirantes.


En el supuesto de que alguno de los documentos ya estuviera en poder de la administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración, la administración podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Asimismo, las personas aspirantes que habiendo presentado solicitud formaran parte de las listas de reserva derivadas de la convocatoria realizada por Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de 28 de julio de 2009, realizada al amparo de la Orden de 20 de mayo de 2009, quedarán exentos de la obligación de acompañar la documentación relativa al cumplimiento de los requisitos y acreditación de los méritos aportados en aquella convocatoria siempre que presenten su solicitud optando por el mismo Cuerpo o Cuerpos.


Esta circunstancia deberá hacerse constar por las personas interesadas en su solicitud de participación, a la que podrán acompañar aquellos méritos adicionales que hubieran acumulado con posterioridad a los aportados con ocasión de la citada convocatoria realizada por Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de 28 de julio de 2009, para optar por el cambio de lista de la que forman parte como consecuencia de su participación en la convocatoria anterior, siempre que se cumplan y acrediten los requisitos de titulación establecidos para la nueva lista, y manifiesten la renuncia, en su caso, a la preferencia hecha en su momento.