El
jueves ,23 de enero, se reunió
la Comisión de Acción Social para tratar la convocatoria del año
2020. Como novedad más importante es el pequeño retraso de inicio
de presentación de solicitudes, hasta el 17 de febrero (la
Resolución se publicará en breve en el B.O.C. y en el portal del
personal).
“Para
el año 2020, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará
el día 17 de febrero y concluirá el 17 de marzo, inclusive, ambos
de 2020.”
En
el Boletín Oficial de Canarias del 2 de mayo de 2019, se publicó la
Resolución de 15 de abril de 2019, de la Dirección General de la
Función Pública, por la que se establecen las bases que han de
regir las convocatorias, el reconocimiento y el abono de las ayudas
de acción social en el ámbito de los entes del sector público de
la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y
se determina el plazo de presentación de solicitudes para el
ejercicio 2019.
Independientemente
de la situación en la que quedaron las ayudas de acción social del
año 2019, de que en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Canarias para 2020 se consigna la misma cantidad que en
la de 2019 y que el artículo afectado de esa Ley está en conflicto
ante el Tribunal Constitucional -precisamente por la cuantía-,
creemos necesario señalar que la referida Resolución sigue vigente.
A
falta de lo que determine la Dirección General de la Función
Pública sobre las previsiones de actuación con respecto a las que
corresponden a 2020, queremos recordar esta regulación para que el
personal interesado, pueda decidir ir preparando toda la
documentación necesaria en cada caso para formular la oportuna
solicitud. Estaremos pendientes para informar puntualmente.
Como
puntos esenciales de las bases que se aprueban en la Resolución
citada en el párrafo primero del presente, queremos transcribir los
siguientes:
5ª.
Ámbito temporal.
1.
Las ayudas de acción social que se concedan atenderán únicamente a
gastos que se hubieren devengados desde el 1 de enero hasta el 31 de
diciembre del ejercicio inmediatamente anterior al de la
correspondiente convocatoria de ayudas de acción social.
15ª.
Convocatoria.
A
partir del año 2020, en cada ejercicio presupuestario, el plazo de
presentación de solicitudes, sin necesidad de previa convocatoria,
será entre el primer y el último día hábil del mes de febrero,
ambos inclusive. En este caso puntualmente queda modificado “ entre
el 17 de febrero y 17 de marzo 2020”