Ante las reiteradas consultas que hemos recibido, sobre los requerimientos efectuados por la Agencia Tributaria a los beneficiari@s por la devolución de las retenciones del IRPF en los supuestos de Maternidad y Paternidad para los funcionari@s de carrera (Sentencia del T. S. de Octubre de 2018), en la propuesta de resolución de la AGENCIA TRIBUTARIA se requiere para que en el plazo de un mes aporten certificado del pagador en el que se acredite las percepciones correspondientes al permiso de maternidad/paternidad, así como los días efectivos de duración de permiso.
Nos hemos puesto en contacto con el Departamento de Nóminas de la Dirección General , y se nos informa que con la finalidad de dar cumplimiento lo antes posible ante la premura del plazo ( 30 días), en el escrito de solicitud se añada un correo electrónico del interesad@.