El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy lunes el calendario laboral para el año 2019. De conformidad con lo establecido en el Estatuto de Autonomía de Canarias y en la Ley del Estatuto de los Trabajadores, es competencia del Gobierno establecer los catorce días festivos anuales, respetando en cualquier caso las fiestas de ámbito nacional no sustituibles de la Natividad del Señor, Año Nuevo, Fiesta del Trabajo; y 12 de octubre, como Fiesta Nacional de España. Asimismo, respetará las dos jornadas de descanso que deberán establecer los municipios.
Asimismo, por acuerdo con la Santa Sede, son fiestas laborales de ámbito nacional el 15 de agosto, Asunción de la Virgen; 1 de noviembre, Todos los Santos; 8 de diciembre, Inmaculada concepción; y el Viernes Santo. Dado que el 8 de diciembre en el 2019 cae en domingo, la Comunidad ha hecho uso de la potestad de sustituir de esa jornada de descanso laboral por otra de designación de la Comunidad. Como festivos propios, la comunidad autónoma ha designado el 7 de enero; el 18 de abril, Jueves Santo; y el 30 de Mayo, Día de Canarias.
Publicado en http://www.gobiernodecanarias.org/