Nuestra
carrera profesional quedó malherida con la reforma
de 2015 de la LOPJ:
se
pasó de una reserva del 50%
de las plazas ofertadas a un 30%.
Y,
además,
señalando que dicho porcentaje se aplicara después de determinado
el número de plazas que iban a la oferta de empleo, con la que la
cifra final real es menor, se
queda en apenas un 22% del total.
Por otro lado, esto
sólo ocurre en nuestro sector,
pues en otras administraciones los porcentajes de promoción interna
son muy superiores.
Además,
en los próximos tres años se va a aplicar un plan
de estabilización de empleo temporal
respecto de cuyas plazas el Ministerio no prevé dar entrada a la
promoción interna. Así, en las OEPs
de 2017,
2018 y 2019
saldrían cada año: “Por
estabilización de empleo temporal”:
unas
2600 plazas
y
“por
tasa de reposición”:
unas
600 plazas y de estas sólo unas 135 serían “para
promoción interna”
a Tramitación y Gestión, sólo
un 4% del total,
cuando de forma anterior al 2015 dicha cifra podía alcanzar hasta un
38% de las plazas.
Dicha cifra supone
una vulneración
del derecho a la carrera profesional
y
a la promoción por el trabajo que recogen la LOPJ y la propia
Constitución y obliga a la adopción
de medidas
que permita tanto la protección de la precariedad de los/as
empleados/as temporales, que impulsamos de forma decidida, como el
derecho a la promoción profesional de los titulares, pues no puede
haber solución justa sin tener en cuenta ambas realidades y
colectivos.
Así,
es imprescindible:
-
Deshacer urgentemente la modificación de la LOPJ, y volver a la situación de una reserva real del 50% a promoción interna. Y, entre tanto, exigir la convocatoria de procesos específicos de promoción interna.
-
Y, además, en razón a las excepcionales OEPs de 2017, 2018 y 2019 dirigidas a la consolidación de empleo, vamos a promover medidas que permitan la entrada en las mismas de la promoción interna.