592 ORDEN de 27 de enero de 2017, por la que se regulan los anticipos reintegrables para el personal al servicio del sector público autonómico con presupuesto limitativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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Las solicitudes de anticipo reintegrable, conforme al modelo que figura en el anexo,
en las que deberán constar necesariamente la cuantía del anticipo que solicita y el plazo
de amortización, se presentarán durante los días 1 a 5 de cada mes, en los registros de las
Secretarias Generales Técnicas u órganos equivalentes en los cuales se encuentre prestando
servicio el empleado público, sin perjuicio de su presentación en la forma establecida en la
legislación relativa al procedimiento administrativo.