La
Resolución de la Dirección General de relaciones con la
Administración de Justicia por la que se aprueba el calendario
laboral para el año 2016, determina como fecha limite para el
disfrute de las vacaciones y los días de permiso por asuntos
particulares hasta el 31 de enero del año siguiente.
A
la vista de las peticiones de los responsables funcionales de
distintos órganos judiciales de ampliación del plazo de disfrute de
los mismos, justificada porque por necesidades de servicio han tenido
que informar negativamente las vacaciones y asuntos particulares
durante el mes de enero de diversos funcionarios por estar previstas
inspecciones del TSJC, alardes, etc, y teniendo en cuenta la
Circular n.º 2 de 30 de enero de 2017 de la Dirección General de la
Función Pública, en la que permite “en aquellos supuestos
excepcionales, previamente autorizados, en que por necesidades del
servicio, debidamente justificadas, fuese necesario ampliar las
vacaciones anuales y el disfrute del permiso por asuntos particulares
más allá del 31 de enero de 2017, dicha fecha no podrá exceder en
ningún caso del 28 de febrero de 2017”, es por lo que con
carácter excepcional, se amplía el periodo de disfrute de
vacaciones y asuntos particulares correspondientes al ejercicio 2016
hasta el 28 de febrero de 2017, con el correspondiente
informe favorable del responsable funcional que valorará las
necesidades del servicio.